La atención a personas mayores ya sea en residencias geriátricas, centros de día, ayuda a domicilio, teleasistencia o cualquier otra variedad está muy intervenida por la normativa, principalmente autonómica. Se considera que la tercera edad (término utilizado en la Constitución) debe ser protegida mediante Leyes, Decretos y otras reglamentaciones, por lo que las personas mayores, que viven en residencias o reciben servicios sociales disponen de unos derechos reconocidos.
Para los prestadores de servicios, la normativa de servicios sociales supone el cumplimiento de unos requisitos materiales y funcionales estrictos.
Medidas de seguridad en residencias
Las normativas estatal, autonómica y local, describen parámetros de seguridad precisos para los edificios nuevos o reformados, en función de la actividad a desarrollar, número de plantas edificadas, datos de superficie, geométricos, etc.; a continuación enumeramos algunos aspectos y recomendaciones (documentos, medios y/o elementos de distinta naturaleza) que se pueden observar para seleccionar un Centro.
Las siguientes son preguntas que se podrían hacer en el centro en el momento de la visita general, al visitar las habitaciones y acerca de las zonas comunes. Incluimos, de forma resumida, la importancia de estas cuestiones a continuación de las preguntas.
a) En la visita general:
1. ¿Existen documentos acreditativos de licencia y autorizaciones pertinentes en función de la Comunidad Autónoma?
El Centro debe disponer de los permisos necesarios para desarrollar la actividad.
2. ¿Existe un Plan de autoprotección?
El Centro debe disponer del documento donde se describen y evalúan los riesgos y se determinan los medios materiales y humanos, así como las pautas de actuación del personal del Centro, en caso de emergencia.
3. ¿El personal dispone de formación sobre el uso de los medios de protección?
La formación teórica y/o práctica que debe disponer el personal del Centro geriátrico se establece en el Plan de Autoprotección.
4. ¿Se realizan Simulacros de emergencia?
Esta actividad o ejercicio pone en práctica las pautas de actuación del Plan de Autoprotección y debe realizarse, al menos, una vez al año.
5. ¿Existe un Contrato de mantenimiento de los equipos de protección contra incendios?
Una empresa autorizada debe realizar la revisión y mantenimiento de los equipos y sistemas de que dispone el Centro.
6. ¿Existe un Contrato de mantenimiento de las distintas instalaciones generales y de riesgo?
Una empresa autorizada debe realizar la revisión y mantenimiento de las instalaciones de que dispone el Centro.
7. ¿Existe un cartel informativo con los teléfonos de los Servicios de emergencia?
El conocimiento y exposición en el Centro, de los Servicios más cercanos, mejora la actuación en caso de emergencia.
Si nuestro familiar tiene una discapacidad que le impide poder valerse por si mismo o desplazarse en horizontal o no puede hacer uso de las escaleras de evacuación, en caso de emergencia, ahora o en un futuro, es fundamental saber si:
8. ¿Existe un ascensor de emergencia?
Este tipo de ascensor garantiza su funcionamiento en caso de una emergencia, aunque solo se exige en función de ciertos parámetros.
9. ¿Los pasillos son amplios y se encuentran libres de obstáculos?
Facilita el uso, en caso de necesidad, de una silla de ruedas u otro sistema de apoyo.
10. ¿Existe una rampa de salida al exterior (o silla salvaescaleras)?
Facilita la evacuación al exterior en caso de existir escaleras en los accesos/salidas.
11. ¿Las puertas al exterior se abren fácilmente?
Facilita la evacuación, en caso de emergencia, al exterior.
b.) En la habitación (solo para residentes):
12. ¿Hay detectores de incendios en el techo?
Provoca el aviso automático al detectar un incendio.
13. ¿Hay una luminaria de emergencia sobre la puerta de la habitación?
Se enciende, en caso de no existir electricidad en el Centro; y ayuda a detectar la puerta para poder salir.
14. ¿El teléfono dispone de código para comunicarse con recepción o zona habitualmente ocupada?
Favorece una comunicación más rápida, si se produce una emergencia.
c) En las zonas comunes (salones, comedores, pasillos, etc):
15. ¿Hay detectores de incendios en el techo?
Provoca el aviso automático al detectar un incendio.
16. ¿Hay extintores portátiles, bocas de incendios equipadas (BIE´s), pulsadores de alarma?
El Centro dispone de medios de protección adecuados según los parámetros normativos.
17. ¿Hay señales o carteles sobre los extintores, bocas de incendios, pulsadores de alarma?
El Centro dispone de medios de señalización que ayudan a localizar los medios de protección.
18. ¿Hay señales o carteles con indicaciones de hacia donde se debe evacuar?
El Centro dispone de medios o planos de señalización que ayudan a evacuar desde cualquier zona del mismo, hasta el exterior o zona segura.-
19. ¿Hay luminarias de emergencias?
Se encienden, en caso de no existir electricidad en el Centro; y ayudan a seguir los carteles o indicaciones hasta el exterior o zona segura.-
20. ¿Hay rociadores automáticos en el techo?
El Centro debe disponer de medios de protección que son capaces de extinguir un incendio, aunque sólo se exige en función de ciertos parámetros normativos.-
21. ¿Hay puertas cortafuegos en el acceso a las escaleras de evacuación, en los locales técnicos y de riesgo o sectorizando algunas zonas de cada planta?
El Centro dispone de medios de sectorización capaces de proporcionar más seguridad, aunque se exige en función de ciertos parámetros normativos.-
22. ¿Existen un documento con buenos hábitos o conductas a seguir, como precaución?
Documento que alerta de las acciones que no pueden realizarse, para no provocar riesgos en las habitaciones o en las zonas comunes.
Nota importante: No todos los Centros están obligados a disponer de las mismas medidas de seguridad, por lo que nuestro interlocutor en el Centro así nos lo puede indicar. Por ejemplo, existen algunos requisitos normativos y técnicos en función del tipo, altura y geometría de la edificación o del uso de una zona concreta, como son la necesidad de disponer de puertas cortafuegos, distinción del revestimiento de suelos, paredes y techos, instalación de rociadores automáticos o ascensor de emergencia, u otros; que se exigen en ciertos espacios, pasillos y escaleras de evacuación, etc.