El Real Decreto que mejora las condiciones de trabajo de las personas al servicio del hogar familiar se enmarca en un ambicioso proceso de actualización de la normativa que afecta a los trabajadores domésticos.

En este sentido, la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social , del 1 de agosto de 2011, procede a integrar el Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General, tal como se contemplaba en el Acuerdo Social y Económico suscrito por Gobierno, sindicatos y empresarios, y habilita al Gobierno a modificar la regulación de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.

El ministro Portavoz del Gobierno, José Blanco, ha manifestado que la nueva regulación, que será de aplicación a partir del 1 de enero de 2012, “debe contribuir a regularizar situaciones de empleo no declarado, poniendo fin a numerosas situaciones de desprotección social y laboral”. Por su parte, el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, ha asegurado que la reforma “supone una homologación al máximo de las personas que trabajan al servicio del hogar familiar respecto del resto de las personas trabajadoras”.

Principales novedades

Valeriano Gómez ha explicado las novedades más importantes que contempla este Real Decreto:

  • El acceso al empleo en el hogar familiar se realizará mediante contratación directa o a través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamente autorizadas, con garantía plena de la no discriminación.
  • El contrato se formalizará por escrito, frente a la regulación actual que permite el contrato verbal.
  • Mayor estabilidad en el empleo y menos precariedad laboral. Se garantiza, como mínimo, el pago en metálico del salario mínimo interprofesional en cómputo anual, por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie por manutención o alojamiento. Cuando exista salario en especie, éste no podrá superar el 30%de las percepciones salariales.
  •  El trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.
  •  Ampliación de la duración del descanso entre jornadas.
  • En los nuevos contratos, se amplía de siete a doce días de salario por año de servicio la indemnización a que tiene derecho la persona trabajadora en caso de despido por desistimiento del trabajador.
  •  Se apunta por primera vez la posibilidad de que en el futuro las personas al servicio del hogar familiar pueden acceder a un sistema de protección por desempleo. Durante 2012 un grupo de expertos analizará esta cuestión y hará propuestas para tomar la decisión que corresponda en 2013.