Te explicamos los pasos que debes realizar para denunciar tu situación como empleada de hogar en el servicio doméstico hacia tu empleador. Lucha por tus derechos.

Es por todos conocido que el trabajo no declarado, el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social constituyen una de las mayores amenazas al estado del bienestar, al conculcar los derechos de los trabajadores que en un contexto de crisis económica son más vulnerables, y afectan a la competitividad de las empresas por la competencia desleal que genera para la mayoría de las empresas cumplidoras. Le explicamos las alternativas que dispone para denunciar a su empleador en el servicio doméstico.

¿Crees que existe una irregularidad en tu puesto de trabajo?

Si cree que su empleador no le está pagando lo que la ley marca, si cree que realiza más horas de las que su convenio le fija, y si en general cree que existe una irregularidad en su puesto de trabajo, puede denunciar su situación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ejercicio de sus funciones, planifica sus actuaciones con el objetivo de conseguir el cumplimiento de la normativa laboral y evitar en lo posible las irregularidades laborales. No obstante para una mejor identificación de las mismas, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, pone a disposición de todos los ciudadanos un “BUZÓN DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE LABORAL” donde todo aquel conocedor de algún incumplimiento de la normativa ya sea laboral, de Seguridad Social o de Prevención de Riesgos, puede ponerlo en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), cumplimentando el formulario que al final de este texto se indica.

Es IMPORTANTE destacar que con la comunicación de estos datos a la ITSS a través de este buzón, el objetivo es facilitar la organización y ejecución de las funciones que la ITSS tiene encomendadas. El comunicante no tendrá que aportar ningún dato personal y el buzón solo recogerá información sobre las presuntas irregularidades de las que se tenga conocimiento. Se ruega que los datos sean lo más detallados posible, con el objetivo de que si se considera oportuno, puedan planificarse las actuaciones de la manera más adecuada.

 

Para que la ITSS pueda considerar al denunciante parte o interesado en el procedimiento (a los efectos de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Real Decreto 928/1998 que aprueba el Reglamento para la Imposición de Sanciones en el Orden Social), estos TENDRÁN QUE PRESENTAR DENUNCIA FORMAL siguiendo el procedimiento del que se informa en el siguiente enlace: Cómo denunciar ante la ITSS. En este caso deberán cumplimentar todos los datos personales y utilizar las diferentes vías para el registro formal de la denuncia.

 

¿Es necesario que sea trabajador de la empresa para poder denunciar su situación en el servicio doméstico?

No, para poner la denuncia no hace falta que sea trabajador ni persona afectada, es decir, la denuncia la puede poner cualquier persona con conocimiento de causa.

Contenido de la denuncia:

La denuncia deberá de contener:

  1. Los Datos personales de la persona que denuncia,
  2. La descripción de los hechos,
  3. Fecha y lugar donde se produjeron los hechos,
  4. Identificación de las personas responsables
  5. También se podrá aportar cualquier documentación con la que se pueda justificar los hechos denunciados.

Tiene un ejemplar del formulario de denuncia en este enlace (+info).

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un órgano de la Administración del Estado que se encarga de garantizar el cumplimiento de las Leyes en materia del Derecho del Trabajo y Seguridad Social. El trabajador puede recurrir a ella para denunciar situaciones de fraude laboral. 

¿Cómo interponer su denuncia de su situación en el servicio doméstico?

 Hay tres formas de interponer una denuncia:

  • PRESENCIAL – Personándose en las oficinas de la Inspecciones Provinciales de Trabajo y S.S., así como en los registros de los demás órganos de la Administración del Estado y de las CC.AA, así como de las administraciones locales, siempre que exista el correspondiente convenio.
  • TELEMÁTICA – A través de la Sede electrónica del Ministerio de Empleo y S.S., siempre que el denunciante disponga del DNIe (Documento Nacional de Identidad electrónico), o de una firma electrónica avanzada basada en un certificado electrónico reconocido por la plataforma @firma.
  • VÍA POSTAL – Dirigidas a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y S.S. Se advierte que si la denuncia se presenta por vía postal o en los registros sin personarse el denunciante, se exigirá adjuntar copia del DNI del denunciante y, en su caso, autorización expresa de éste para que la Inspección pueda verificar sus datos de identidad en el registro correspondiente.

 

Algunas de las funciones de la Inspección de Trabajo

Entre las funciones de la Inspección de Trabajo se encuentran:

  • Garantizar la seguridad del trabajador, comprobando que el empleador cumple con todas las medidas de seguridad y que tales medidas se encuentran en perfecto estado.
  • Comprobar que los trabajadores se encuentran de alta en la Seguridad Social.
  • Comprobar que el trabajador no trabaja más de lo que se encuentra dado de alta.
  • Comprobar que el trabajador que está cobrando alguna prestación o subsidio, sigue cumpliendo los requisitos para tener derecho a ella.

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