Convivencia intergeneracional “vive y convive”

Programa consistente en el alojamiento de estudiantes universitarios menores de 30 años (35 años para estudiantes de postgrado) que no trabajen ni residan previamente en Madrid, en el domicilio de personas mayores que tienen problemas de soledad y necesitan compañía, facilitando la permanencia de éstos en su domicilio.

Si lo solicitan, las personas mayores pueden acceder a ayudas económicas por el sobrecoste de la acogida del estudiante. Estas ayudas se determinan en función de la pensión que percibe el mayor.

Requisitos

  • Ser persona mayor de 60 años.
  • Encontrarse empadronado en la ciudad de Madrid.
  • Vivir solo o en pareja.
  • Mantener un estado físico que permita valerse por si mismo.
  • No presentar problema psíquico que dificulte las relaciones sociales.
  • Disponer de vivienda en condiciones adecuadas de habitabilidad e higiene.
  • Disponer de una habitación independiente para el alojamiento del estudiante.

Solicitud

  • Persona mayor: telefónicamente en el Servicio de Información de la Dirección General de Mayores Telf. 915 880 090 (lunes a viernes de 8,30 a 17 horas), o presencialmente en su Centro de Servicios Sociales.
  • Estudiante universitario: a través de su Universidad.

Para los mayores se acompañará la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI.
  • Fotografía tamaño carnet.
  • Autorización del propietario, si la vivienda es de alquiler.

La solicitud se realiza en el Centro de Servicios Sociales. Telefónicamente será valorada por un Trabajador Social de la Dirección General de Mayores quién, si cumple los requisitos, realizará una primera visita domiciliaria.

En esta visita se informa del programa y se objetiva si el mayor y su vivienda  cumplen con los requisitos.

Posteriormente, un Psicólogo de la Fundación Catalunya Caixa y un Técnico de la Dirección General de Mayores adecuarán al mayor con un estudiante por condiciones de afinidad.

Puestas las dos partes en contacto, se firmará un preacuerdo de convivencia de un mes de duración como periodo de prueba.

Transcurrido el mes de prueba se podrá firmar el acuerdo de continuidad. Este acuerdo podrá ser anulado en el momento en que una de las partes decida no continuar con la convivencia.

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El plazo de duración de la convivencia será la duración del curso escolar, pudiendo prolongarse a todo el año civil si existe interés por ambas partes.

Legislación aplicable

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Madrid, la Fundación Caixa Catalunya y las Universidades adheridas al desarrollo del programa de ayuda mutua intergeneracional entre personas mayores y estudiantes universitarios.