Mitos sobre las sujeciones

Mitos sobre las sujeciones

Las personas mayores que viven sometidos a algún tipo de dispositivo de limitación física acaban metiéndose en una espiral en la que se enfrentan a una pérdida de autonomía, dignidad y autoestima. El uso de estos dispositivos, acaban oponiéndose con los propios objetivos de la persona cuidada, es decir, lograr el máximo nivel de independencia, capacidad funcional y calidad de vida. Por tanto, el objetivo de eliminar o reducir al mínimo el uso de sujeciones se ha convertido en una clave de la práctica clínica.

¿Hasta qué punto es ético el uso de las sujeciones? Esta es una de las preguntas que se sugieren a fin de concienciar a los profesionales y a los familiares.

Motivos por los que se utilizan sujeciones

Se usan sujeciones por motivos múltiples, no siempre aceptables. La búsqueda de la tranquilidad moral fácil ha inducido a muchos a pensar que solo se usan cuando la persona las necesita. Las evidencias científicas muestran que son procedimientos poco convenientes y es necesario admitir que se usan cuando no somos capaces de manejar riesgo de caídas, o problemas de conducta, de otra manera.

Los principales motivos son los siguientes:

  1. Proteger al residente de caídas y accidentes. Se consideran que con ellas los residentes tendrán menor riesgo de caídas y por lo tanto estarán más seguros.
  2. Preocupación por las posibles reclamaciones: De los familiares como consecuencia de las posibles caídas que puedan aparecer en los mayores más vulnerables a las caídas y de las posibles demandas judiciales que podrían resultar de las mismas.
  3. Como elemento de apoyo postural. En aquellos casos en los que el residente va perdiendo la capacidad de control del tronco.
  4. Facilitar tratamientos. Como las sondas nasogástricas u otro tipo de vías.
  5. Controlar las conductas agitación. Consideran que es una medida adecuada para aquellas personas con agitación, agresividad o deambulación errante.

Mitos sobre las sujeciones

En torno a las sujeciones existen muchos mitos que entorpecen la puesta en marcha de programas de intervención en sujeciones

  1. Previene caídas: Las personas con sujeciones presentan el mismo riesgo, o mayor de caídas que aquellas que no las utilizan. Los sitios donde se utilizan sujeciones experimentan una mayor incidencia de lesiones graves como consecuencia de caídas. El uso de sujeciones aumenta la fragilidad del paciente, aumentando el riesgo de caídas.
  2. Sirven para corregir posturas: Otro de los mitos, la mejor alternativa para la corrección de posturas es precisamente un mobiliario correctamente diseñado y adaptado a las necesidades del paciente.
  3. Previenen la deambulación: Lo primero que hay que decir a esto es que la deambulación no tiene por qué ser un problema para nadie si se realizan y diseñan espacios “seguros” . Los pacientes a los que se les permite deambular mejoran la  potencia muscular, mejoran el equilibrio y “caen mejor” con  daños menores.
  4. Falta más personal: Los centros libres de sujeciones que actualmente se encuentran en España no han aumentado su personal y son a día de hoy aproximadamente unos 50. Lo  que si se ha realizado con ellos son actividades de formación y cambios en la organización de las  residencias (distribución  de auxiliares por plantas y espacios…)
  5. Es más fácil cuidar con sujeciones: Las sujeciones presentan más de 25 efectos adversos, por lo que a la larga se crean personas más dependientes y que van a necesitar mucho más recursos por parte del centro para atender a sus necesidades.
  6. Los familiares pueden denunciar al centro por el No  Uso de las Sujeciones: Son pocas las demandas judiciales que se presentan y menos aun las que prosperan. Hay que tener en cuenta que una correcta gestión y documentación del “control de sujeciones” o de su “no uso” protege frente a posibles denuncias. Cada vez son más las comunidades autónomas que comienzan a regular el uso de las sujeciones (Navarra, Madrid, Aragón o País Vasco son algunas de ellas)
  7. Familias: “Las familias lo piden” Esta afirmación cae por su propio peso. Cuando una familia decide ingresar en el centro a un familiar, la sujeción es vendida como una herramienta más en el cuidado, como un elemento de seguridad, la familia firma al considerar que es una prescripción médica.
  8. Son para momentos puntuales: La realidad es que los momentos puntuales se convierten en días, semanas o meses, donde el residente pasa la mayor parte del tiempo sujeto, con los consiguientes efectos secundarios que ello conlleva.
  9. No hacen daño: Otro mito en la actualidad hay descritos más de quince efectos secundarios del uso de las sujeciones, que se citaran más adelante, y no hay ninguno beneficioso para el residente.
  10. El enfermo no se entera: El dolor es una de las últimas funciones que pierde un enfermo de Alzheimer por ello se agitan cuando se la ponen creando vulnerabilidad psicológica, agitación y depresión.

Os invitamos a que leáis el documento que la Confederación Española de Organizaciones de Mayores junto con la Fundación Iberdrola confeccionó con motivo del «Programa «Desatar al anciano y al enfermo de Alzheimer»

 

USO DE SUJECIONES FÍSICAS Y QUÍMICAS CON PERSONAS MAYORES Y ENFERMOS DE ALZHEIMER

El cuidado de personas mayores dependientes

El cuidado de personas mayores dependientes

El cuidado de personas mayores dependientes ha sido identificado como uno de los eventos más estresantes que se dan en el ciclo familiar (Zarit, 1996) y para el que se han identificado diferentes y adversas consecuencias, más si cabe cuando el cuidado de personas mayores dependientes no es por lo general, una actividad que termina en un corto espacio de tiempo. Las consecuencias comúnmente más identificadas se producen a diversos niveles: emocionales, relacionales, económicos, de reducción de tiempo libre, a nivel laboral, etc. El hecho de que el cuidado pueda perdurar en el tiempo, presenta a lo largo del proceso de cuidado, nuevos cambios en la familia. Incluso el hecho de la institucionalización del familiar después de años de cuidado o la muerte del mismo, no conduce en muchos casos al tan mencionado estereotipo de un momento de «relajación y descanso de la familia«, sino que pueden hacer que surjan nuevos procesos estresantes.

Las múltiples investigaciones existentes sobre apoyo informal, ofrecen un mosaico cada vez más diverso. Ante intentos reduccionistas de entender el cuidado de personas mayores dependientes como un proceso similar, en una gran mayoría de los casos, es necesario destacar la complejidad y la diversidad del mismo. No existe un único patrón de adaptación y afrontamiento ante las diversas situaciones de cuidado, sino que se da una gran variación individual en cada una de las fases y momentos del mismo. Las diversas familias y cuidadores difieren en el tipo de deseo o situación que les lleva a cuidar a una persona dependiente, en sus habilidades para el cuidado, en el tipo de sentimientos que les lleva a realizar el rol de cuidadores (desde la obligación al acto voluntario), en los recursos disponibles. Por otro lado existe una gran variabilidad del tipo de cuidado de las personas mayores en función del tipo de dependencia que se presenta, la personalidad de la persona mayor, la historia en común con los cuidadores, la posibilidad de que acepten el cuidado de una u otra manera, etc. Sentimientos de distrés o carga, están influenciados pero no únicamente definidos por el tipo de enfermedad o nivel de discapacidad de la persona mayor. Cuidadores de personas mayores con gran nivel de dependencia presentan bajos o nulos niveles de distrés, mientras que cuidadores de personas con niveles moderados o bajos de dependencia, presentas elevados niveles de carga subjetiva. Estos patrones individuales suelen diferenciarse más a medida que transcurre el tiempo de cuidado, en el sentido de que existen cuidadores que se van adaptando exitosamente a las sucesivas demandas del cuidado, mientras que otros se sienten progresivamente con mayores niveles de carga.

Para explorar estas diferencias individuales, diferentes autores han formulado diversos modelos explicativos sobre las diversas variables influyentes en el cuidado. Así desde el modelo de Lazarus y Flokman (1984) donde la reacción al estrés que produce al cuidado es mitigada por la capacidad de evaluar esa amenaza percibida, así como por el tipo de afrontamiento; o desde el modelo de Pearlin y colaboradores (Pearlin y Skaff, 1995) donde se enfatizan que los conflictos con otros miembros de la familia y la disminución de la autoestima, por ejemplo, pueden tener efectos en la capacidad de afrontamiento de los cuidadores y en su red de apoyo social. Igualmente Vitaliano y colaboradores (1989) desarrollaron un modelo donde el distrés es conceptualizado como resultado de las relaciones entre estresores objetivos y recursos psicológicos, sociales y emocionales del cuidador.

El proceso de estrés se concibe desde la relación de tres componentes principales:

Los estresores bien pudieran ser representados por demandas y tareas que se demandan al cuidador, tanto por parte de la persona cuidada, como las que la propia situación de cuidado crea (ayuda en actividades de vida diaria, hacer frente a problemas de conducta de la persona cuidada). Los resultados o consecuencias se refieren a los que la experiencia del cuidado hacen surgir en el cuidador, aquí se pueden destacar las consecuencias a nivel de salud física y de salud psíquica (depresión, trastornos psicosomáticos,…). El tercer componente esencial, de todo proceso de estrés son las variables moduladoras, como lo es el apoyo social y el afrontamiento. Las variables moduladoras son aquéllas que regulan los efectos de los estresores que aparecen a la hora de desarrollar el cuidado.

Es de destacar, que en todo proceso de estrés, cada uno de estos componentes se ve influenciado por las características sociales y económicas de los cuidadores, así como por la situación en la que se desarrolla el cuidado (por ejemplo, acceso a recursos económicos). Así como que la interrelación entre los componentes siendo así que cambios en alguno de los componentes, provocan cambios en los otros. Los estresores pueden emerger en diferentes situaciones de cuidado y repetirse y cronificarse; favoreciendo incluso la presencia de ciertos estresores la aparición de otros y su proliferación (Pearlin, 1994).

Los estresores iniciales se denominan estresores primarios y como resultado de los mismos, pueden aparecer los estresores secundarios, lo que algunos autores han denominado «proliferación de estrés» (Pearlin, 1994). Esta manera de entender el proceso de estrés que se da en el cuidado, hace referencia al orden de aparición en el tiempo en el que se produce el cuidado, de los citados estresores y no a la potencia o influencia, de los mismos en dichas situaciones.

Particularmente interesante nos parece profundizar en el modelo de proceso de estrés (Aneshensel et al, 1995), que aparece resumido en la figura siguiente y que puede servir tanto de referencia a la hora de analizar otros modelos diferentes, como por sus implicaciones clínicas, de intervención y evaluación del proceso de cuidado.

Este modelo se basa en tres conceptos principales:

  • el primero hace referencia a una característica central de las situaciones que provocan estrés crónico, como es el cuidado de una persona dependiente, y es el potencial de estas situaciones como generadoras de estrés al interferir los estresores en otras áreas de funcionamiento de la vida diaria del cuidador. Comprenden lo que anteriormente se han definido como estresores primarios, como son: el tiempo y el esfuerzo dedicado al cuidado, la energía dedicada al mismo. Como ejemplo del funcionamiento de este tipo de estresores primarios se podría señalar los problemas de una pareja, en la que uno de ellos es cuidador de un familiar fuera de la pareja, y en la que el/la cuidador/a tiene sentimientos negativos al dedicar más tiempo al cuidado, que al otro miembro de su pareja.
  • El segundo concepto es el de la «contención de estrés», proceso por el cual los cuidadores pueden limitar o disminuir los efectos que el cuidado de una persona dependiente conlleva, utilizando ciertos recursos disponibles. Estos recursos pueden ser de naturaleza psicológica, como estrategias adecuadas de afrontamiento o alta autoestima; de naturaleza social, tipo recibir apoyo emocional o instrumental; de naturaleza económica, etc. Sobre este tipo de recursos disponibles por los cuidadores, cabe destacar que en general disminuyen la carga y el distrés, pero para ello los cuidadores los tienen que entender como adecuados.
  • Como tercer elemento, se propone (Aneshensel et al, 1995) que el cuidador debe de entender el cuidado, como un proceso, en el que se deben de dar tanto aprendizajes, como nuevas formas de socialización, etc. Una buena adaptación a los requerimientos del cuidado depende tanto de los estresores, como de los recursos disponibles, así como del particular punto de vista de cuidador a la hora de entender el cuidado. A continuación se van a detallar los elementos principales analizados en algunos de los diferentes modelos de estrés.

Aspectos jurídicos para familiares de personas con Alzheimer

Un enfermo de Alzheimer, desde que se le diagnostica la enfermedad, sufre una perdida progresiva de capacidades (intelectual y volitiva), que pueden llegar a plantear problemas legales, pues, desde el punto de vista legal, sigue teniendo plena capacidad de obrar. Esta situación, puede suponer para sí mismo y para los familiares un problema grave. Por ello, es necesario establecer un mecanismo de protección que se consigue mediante el nombramiento de un tutor, pero previamente es preciso que un juez reconozca que el enfermo ha perdido su capacidad. Es lo que jurídicamente se denomina como DECLARACIÓN DE INCAPACITACIÓN.

Conozca todos los aspectos legales de la enfermedad de Alzheimer:

Índice

  • Capítulo 1. Procedimiento de incapacidad
  • Capítulo 2. Instituciones de guarda de la persona con discapacidad
  • Capítulo 3. Internamiento no voluntario
  • Capítulo 4. Voluntades anticipadas y/o instrucciones previas
  • Capítulo 5. Protección patrimonial de las personas con discapacidad
  • Capítulo 6. Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapadidad
  • Capítulo 7. Ámbito laboral
  • Capítulo 8. Protección frente a los malos tratos
  • Capítulo 9. Sistema de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia
  • Capítulo 10. Toma de decisiones difíciles 

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Más de 275.300 dependientes, sin la prestación a la que tienen derecho

Un total de 275.330 personas se encuentran actualmente en el llamado ‘limbo de la dependencia‘ en España, ya que la Administración ha reconocido su derecho a recibir una prestación o servicio por su condición de dependientes pero a 1 de mayo de este año, no percibían ninguna ayuda.

Así se desprende de la estadística oficial del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) actualizada a 30 de abril y publicada este martes, según la cual 1.033.776 personas han recibido un dictamen que dice que tienen derecho a prestación, pero son 758.446 las que lo perciben.

Según los mismos datos, el grupo más amplio es el que conforman los dependientes severos, que suponen el 30,45 por ciento del total. Los grandes dependientes son el 27,51 por ciento y, los dependientes moderados, grupo al que por orden del Gobierno no se incorporarán nuevos beneficiarios hasta 2013, suponen el 26,28 por ciento del total. En la estadística figuran, además, 238.806 sin grado asignado.

En cuanto al tipo de atención que reciben estas personas, como es tradicional desde la entrada en vigor de la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, las ayudas económicas son mayoría, aunque la norma las dotaba de carácter excepcional. En algunos casos se reciben en combinación con los servicios, ya que de media, cada dependiente recibe 1,24 prestaciones.

En la actualidad, 61.758 personas reciben dinero para costear un servicio de atención y 428.899 para sufragar los cuidados del dependiente en el entorno familiar. Además, 864 figuran como beneficiarias de una prestación económica para asistencia personal, de manera que, en total, casi el 52% de las prestaciones concedidas en virtud de la norma son ayudas monetarias.

Respecto a los servicios, el más extendido es la teleasistencia, con 133.290 en vigor, seguida de la atención residencial que hoy llega a 122.663 dependientes. Asimismo, a 1 de mayo estaban vigentes 120.904 prestaciones de ayuda a domicilio y 61.971 en centros de día o de noche.

La apuesta minoritaria son los programas de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal, de los que sólo se han concedido 18.726, lo que representa menos de un dos por ciento de todas las prestaciones y servicios que funcionan en la actualidad.

En total, desde enero de 2007, más de 2,3 millones de españoles han solicitado entrar en el sistema, algo más de dos millones han sido dictaminados y 1.552.864 reconocidos con derecho a recibir una prestación, aunque en este tiempo han sido 1.326.528 las prestaciones acordadas.

Solicitud de Ayuda Dependencia en Madrid

Solicitud de Ayuda Dependencia en Madrid

A través de los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento, puedes solicitar la valoración de Dependencia en Madrid viendo su situación personal. Para ello es necesario cumplir una serie de requisitos:

  • Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley.
  • Tener nacionalidad española.
  • Residir en territorio español al menos durante cinco años, de los cuales dos serán inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar empadronado en la Comunidad Autónoma donde se solicita.

Según  la Ley 39/2006 de 14 de Diciembre, DEPENDENCIA es el “estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.”AUTONOMIA es la “capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.”

  • Solicitudes para valorar la situación de dependencia;
  • ubicación de las entidades para cada comunidad donde se pueden realizar los trámites correspondientes;
  • Información general para aprovechar las ayudas que brinda la Ley de Dependencia.

Requisitos:

  1. Solicitud de impresos por Internet o en los servicios sociales de cada comunidad autónoma.
  2. Presentación de la misma en los servicios sociales de su comunidad autónoma.
  3. Evaluación por parte del equipo de valoración del grado de dependencia de la persona.
  4. Resolución.

Pasos a seguir:

  • Encontrarse en situación de dependencia en algunos de los grados establecidos.
  • Residir en el territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos habrán de ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Para los menores de 5 años el periodo de residencia se exigirá al que tenga la guarda y custodia.
  • Las personas que reuniendo los requisitos anteriores, no tengan la residencia española se acogerán a ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
  • Así mismo, el Gobierno podrá establecer medidas de protección en favor de los españoles no residentes en España.
Profesionales en Dependencia

Profesionales en Dependencia

Desde Serdomas, como centro autorizado de la Comunidad de Madrid en la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio para personas dependientes, ponemos a su disposición nuestros servicios ayudándole en la tramitación de la Ayuda a la Dependencia en Madrid. Si desea que le gestionemos todos los trámites burocráticos, contacte con nosotros. Le asesoraremos y guiaremos para que el proceso sea lo más rápido posible.

Enlaces de interés sobre la Ley de Dependencia

Obtenga toda la información que necesita en nuestro post: «Dependencia: lo que hay que saber»

Datos de Contacto

  • Organismo: Dirección General de Coordinación de la Dependencia
  • Dirección: C/ Espartinas, 10
  • Población: 28001 Madrid (Madrid) – Comunidad Autónoma: Madrid
  • Teléfono: 914208686